sábado, 5 de mayo de 2012

El patrocinio deportivo en Venezuela


El patrocinio deportivo en Venezuela
Por: Dr. José Alcalá
El patrocinio deportivo es hoy día una de las grandes herramientas del deporte universal para lograr financiamiento a las grandes exigencias que requiere un atleta de muy alto rendimiento para lograr su cometido y brindarle a los millones de espectadores del mundo sus hazañas. Vemos a diario,  grandes eventos deportivos con un sustento increíble de patrocinantes que hace posible que el deporte sea un verdadero espectáculo que atraiga el
interés de millones de personas, ejemplo de ello, la Copa Mundial de Fútbol, las Grandes Ligas de Beisbol, la NBA, los campeonatos mundiales de atletismo y un sin
número de competencia, que brillan junto a sus empresas y marcas patrocinantes.
En Venezuela, existen antecedentes de empresas patrocinantes del deporte  profesional, según la Resolución N° SPPLC/0034-2001 de fecha 18 de julio de 2001, emitida Superintendencia para la Promoción y
Protección de la Libre Competencia:
…el grupo de empresas Polar manifiesta que mantiene relaciones de patrocinio con los equipos a nivel profesional desde la década de los setenta, y en aquel entonces, los convenios se suscribían en forma verbal. Su primer contrato integral de patrocinio se firmó realmente en el año 1997, con el equipo Leones del Caracas BBC.”… (p. 50).

El patrocinio deportivo se comenzó a regularse por mandato legal, cuando el 15 de abril de 2010, la resolución del Ministerio del Poder Popular para el Deporte, publicada en la Gaceta Oficial de la República N° 010/10, reguló el patrocinio de los atletas de las selecciones estadales y nacionales, la aprobación de los contratos de patrocinio debía venir de la federación de la disciplina correspondiente  y de la Ministra del Poder Popular para el Deporte de aquel entonces. De todos los contratos de patrocinio se tendrá un registro en la consultaría jurídica del Ministerio del Poder Popular para el Deporte.

El proceso de discusión y la entrada de vigencia de la nueva Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física (G.O. N° 39.741 de fecha 23 de agosto de 2011), volvió a capturar la atención de la comunidad deportiva y de las empresas sobre el tema del patrocinio deportivo.

En nuestro país, Oviedo (2012), opina: …“el patrocinio ha estado mayormente circunscrito a los deportistas que tiene su ámbito de competencia en el sector profesional. Muy pocos patrocinantes hemos observado en los atletas de selecciones nacionales que no están en el campo del deporte profesional.”… (para.7). Cuando nos referimos al deporte profesional en Venezuela es porque así está claramente tipificado en el numeral 3, del Artículo 6 de la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física, establece: “Deportista profesional: Persona que se dedica a la práctica de un deporte para competir y a cambio percibe una remuneración”, a diferencia del Atleta, que según el numeral 1 del mismo Artículo 6:
Atleta: Persona que se dedica fundamentalmente a la práctica de disciplinas deportivas olímpicas, no olímpicas, paralímpicas o no paralímpicas, en forma sistemática y de alto nivel competitivo, que posee aptitudes, formación deportiva, conducta patriótica y que pertenece de forma activa a las preselecciones y selecciones estadales y nacionales en sus diferentes categorías, con el registro de la federación y asociación deportiva correspondiente.

Olímpico Universitario
Considera quien suscribe este trabajo, del análisis de lo anteriormente plasmado y de la experiencia propia como promotor de instalaciones deportivas, que el principal beneficiario del patrocinio deportivo en Venezuela es efectivamente el deporte profesional y el evento deportivo per se, dejando desasistido otras áreas que deberán reconocerse como prioritarias, a saber de las ligas menores, el desarrollo del talento deportivo, escuelas y clubes de iniciación deportiva, los subsistemas deportivos, entre otros también no enunciados, pero no menos importantes.
Caracas, 14 de Abril 2012

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